[ASLE] Resumen de Asociacion, Vol 54, Envío 18

Jorge Luis Tinitana Gavilanes kfirmad en gmail.com
Vie Jul 29 11:14:46 ECT 2011


Saludos.


De lo que se ha aprobado de la ley de comunicación (que aún no es ley) y de
lo único que vi sobre webs es lo siguiente, lo copio textual de los correos
que envié en el otro hilo de esta lista:

*Art. 14.- Responsabilidad ulterior de los medios de comunicación.-* Habrá
lugar a responsabilidad ulterior de
los medios de comunicación, en los ámbitos civil y administrativo, cuando
los contenidos difundidos sean
asumidos expresamente por el medio o no se hallen atribuidos explícitamente
a otra persona .

*Los comentarios formulados al pie de las publicaciones electrónicas en las
páginas web de los medios de
comunicación legalmente constituidos serán responsabilidad personal de
quienes los efectúen, salvo que los
medios omitan cumplir con las siguientes acciones:*

a) Informar de manera clara al usuario sobre la responsabilidad personal
respecto de los comentarios
emitidos; o,

b) Generar mecanismos de registro de los datos personales que permitan su
identificación, como nombre,
dirección física, dirección electrónica, correo, cédula de ciudadanía o
identidad; o,

c) Diseñar e implementar mecanismo de autorregulación que eviten la
publicación, denuncia y eliminación
de contenidos que lesionen la honra, reputación y demás derechos consagrados
en la Constitución de la
República y esta ley.

Art. 15.- Responsabilidad solidaria.- El medio de comunicación, sus
propietarios, accionistas, directivos y
representantes legales serán solidariamente responsables por las
indemnizaciones y compensaciones de
carácter civil a que haya lugar por incumplir su obligación de realizar las
rectificaciones o impedir a los
afectados el ejercicio de los derechos de réplica y de respuesta ordenados
por el Consejo de Regulación y
Desarrollo de la Comunicación, generadas por la difusión de información de
relevancia pública, que lesione
derechos humanos, la reputación, el honor, buen nombre de las personas y la
seguridad pública del Estado,
de acuerdo a lo que establece la Constitución. (RRG)



Creo que esto es sobre lo que debemos discutir, con el texto en la mano y no
andar hilando fino sobre temas que quizá ni siquiera estén presentes en esa
ley.


Lo que si sugiero a ASLE es que se trate el tema de la conformación del
famoso Consejo, donde hay 3 representantes de la ciudadanía y donde creo que
si deberíamos estar presentes, dado que, nuestro interés es promover el uso
del software libre y de lo que leí que está aprobado como atribuciones del
consejo, hay un tema que nos debe tener con los ojos bien abiertos a fin de
aprovecharlo como una oportunidad para avanzar:


*Atribuciones del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación*

Art. 18.- Atribuciones.- El Consejo de Regulación y Desarrollo de la
Comunicación tendrá las siguientes
atribuciones:

1. Proteger y promover el efectivo ejercicio de los derechos de la
comunicación establecidos en la
Constitución, los instrumentos internacionales y la ley.

2. Promover la incorporación de los valores y prácticas de la convivencia
intercultural en la programación de
los medios de comunicación.

3. Fomentar e incentivar la creación de espacios para la difusión de la
producción nacional y producción
nacional independiente, a fin de garantizar el cumplimiento de las cuotas de
programación establecidos en
esta ley.

4. Vigilar que las políticas públicas promuevan y garanticen los derechos a
la comunicación.

*5. Participar en la elaboración del Plan Nacional de Telecomunicaciones y
el Plan Nacional de Tecnologías de
la Comunicación e Información para la Inclusión Digital o en planes
similares; y formular observaciones a las
autoridades públicas a cargo de la ejecución de dichos planes*.

6. Participar en la elaboración de la Agenda Sectorial de Comunicación, en
el marco del Plan Nacional de
Desarrollo.

7. Promover la democratización y fortalecimiento de medios de comunicación
públicos, privados y
comunitarios.


Ojo con el punto 5...!!!


PD: En cuanto al literal c del artículo 14, acaso eso no es la típica
moderación que existe en todos los foros que definen claramente sus reglas
de uso?





El 29 de julio de 2011 10:54, Rafael Bonifaz <rafael en asle.ec> escribió:

> El 29/07/11 10:29, Javier Vera escribió:
> > Pues si todos los ISPs bloquearan el contenido que el gobierno les
> obligara
> > a bloquear creo q por ahi podrían estar haciendolo,no estoy tan seguro
>  pero
> > me parece que es una forma.
> Nos pueden hacer la vida más complicada y no hay que dejarnos. Si a la
> gente le gusta compartir, siempre lo va a poder hacer. Lo malo es que
> nos traten como delincuentes si queremos compartir.
>
> Tor es una alternativa para la privacidad en la web
>
> Saludos,
> Rafael
> _______________________________________________
> Lista de Correo Asociacion en listas.asle.ec
> Visite http://listas.asle.ec/mailman/listinfo/asociacion
> para modificar las opciones de suscripción (suscribirse, retirarse, etc).
>
> Visite el canal IRC #asle en irc.freenode.org para consultas en tiempo
> real.
>
------------ próxima parte ------------
Se ha borrado un adjunto en formato HTML...
URL: <http://listas.asle.ec/pipermail/asociacion/attachments/20110729/5dc55d12/attachment-0001.htm>


More information about the Asociacion mailing list